Autopromoción

La autopromoción en comunidad de bienes consiste en un grupo de personas que se unen para construir sus propias viviendas, delegando la gestión de la obra a una gestora y compartiendo los costes en un terreno común.

Puntos clave:

  • No hay promotor privado: Los propietarios son los promotores y cuentan con la ayuda de una gestora.

  • Construcción a bajo coste: La eliminación de intermediarios reduce los costes y mejora la calidad.

  • Gestora de obras: Se necesita una gestora para gestionar permisos, coordinar y dirigir la obra.

Proceso básico:

  • Constitución: Formación de la comunidad de bienes mediante acuerdo legal ante notario, sin figura jurídica, lo que agiliza el proceso.

  • Legalidad: Regulada por el Código Civil (artículos 392-406).

  • Terreno y proyecto: El terreno se adquiere mientras avanza la obra y el proyecto arquitectónico.

Beneficios:

  • Ahorro en costes: Menores costes al no contar con promotor.

  • Mejora de calidad: Mejor calidad al mismo precio de mercado.

  • Eliminación de beneficios del promotor: Reducción de comisiones y gastos de gestión.

  • Ahorro en comisiones bancarias.

  • Transparencia y colaboración: Todos los miembros participan bajo la coordinación de la gestora.

  • Disolución de la comunidad: Al finalizar la obra, se regula por la Ley de Propiedad Horizontal, entregando propiedades individuales.

La autopromoción en comunidad de bienes es una opción eficaz y económica para acceder a la vivienda, con el beneficio adicional de tener control sobre el proyecto.